En fechas recientes ha trascendido información en diversos medios de comunicación en relación a que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el órgano encargado de supervisar la recaudación fiscal en México, está realizando inspecciones a los domicilios de los contribuyentes, esto ha generado desde curiosidad, alarma y hasta preocupación.
Aquí te vamos a aclarar si el SAT puede tocar a tu perta sin previo aviso, ¿qué motivos hay detrás de estas inspecciones fiscales? ¿Quiénes son los contribuyentes que pueden recibirlas? y ¿Qué busca exactamente el SAT cuando llega hasta tu domicilio?.
Lo primero que debes saber es que esto de las visitas domiciliarias del SAT, es algo totalmente legal, tiene la facultad de realizar inspecciones fiscales en los domicilios de los contribuyentes, estas acciones están completamente respaldadas en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y pueden llevarse a cabo en cualquier momento del año, sin necesidad de notificación previa.
Otro dato relevante que debes saber es que el visitador del SAT debe de identificarse inmediatamente al presentarse al inmueble y que todo momento debe quedar registrado en actas, esto es parte del procedimiento de visitas domiciliarias está regulado por el artículo 44 y el 49 del CFF.
Los motivos por los que el Servicio de Administración Tributaria decida ejecutar una visita a tu domicilio pueden ser muy diversos, tales como:
Es de suma importancia conocer tus derechos como contribuyente al permitir el acceso de los funcionarios del SAT, un dato clave es que este tipo de procedimientos deben llevarse a cabo sólo en días hábiles en un horario de 7:30 am a 18:00 horas, si la inspección se pretende realizar fuera de estas horas se considera una actvidad improcedente.
Una recomendación indispensable para los contribuyentes es que, al presentarse el funcionario del SAT deben validar que la orden de esa visita esté debidamente firmada por alguna autoridad competente y que además se incluya el nombre del contribuyente , domicilio fiscal y las razones o fundamentos legales o bien los objetivos de la inspección.
Una vez en la inspección domiciliaria, los funcionarios del SAT pueden requerir documentos y operaciones que respalden las declaraciones anuales, tanto de personas físicas como morales, y además pueden solicitar la de revisión de:
Es fundamental que como contribuyente estés enterado que el SAT es la autoridad fiscal y tiene la facultad de ejercer estas visitas, sin embargo esto es lo que puedes solicitar o verificar y forma parte de los derechos que te otorga la ley:
Finalmente recuerda que durante este procedimiento puedes designar a testigos incluso considerar la presencia de tu contador público o abogado fiscalista, en el caso dee que no estés conforme con los hallazgos tienes la facultada de acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) y solicitar un acuerdo conclusivo.
Recuerda que negar el acceso sin justificación válida, ocultar información o intentar obstruir la diligencia puede derivar en sanciones e incluso en órdenes judiciales para el ingreso forzoso al domicilio.
Las visitas domiciliarias del SAT no son aleatorias ni tienen como único fin sancionar,son parte de un mecanismo para verificar que los contribuyentes cumplan correctamente con sus obligaciones fiscales.
Estar preparado y conocer tus derechos te puede evitar multas y complicaciones legales innecesarias.
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